Residuos sólidos: Perú dispone inventarios de áreas degradadas por éstos y su infraestructura
Mediante la Resolución 00098-2023-OEFA/DSIS, a autoridad competente dispuso la actualización del Inventario Nacional de Áreas Degradadas por Residuos Sólidos e Inventario Nacional de Infraestructuras de Residuos Sólidos.
Se considera residuo sólido a cualquier objeto, material, sustancia o elemento principalmente sólido resultante del consumo o uso de un bien en actividades domésticas, industriales, comerciales, institucionales o de servicios, que el generador presenta para su recolección por parte de la persona prestadora de ese servicio.
Conforme a lo que indica el dictamen emitido por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), se incorporan a este catálogo cuatro nuevas áreas degradadas por desechos municipales; al mismo tiempo que actualiza la información de otras seis municipales existentes.
A ello suma incorporar cuatro nuevas áreas degradadas por residuos sólidos no municipales de la construcción y demolición. También, integra 168 nuevos establecimientos para depositar residuos sólidos.
Por otro lado, los responsables de las áreas degradadas por residuos sólidos que deben presentar ante la autoridad competente un instrumento de gestión ambiental correctivo, según lo dispuesto en el Artículo 66° del Decreto Legislativo Nº1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos y demás normativa aplicable.